viernes, octubre 13, 2006

ESTATUTOS DEL COLEGIO DE PERIODISTAS DE JALISCO

COLEGIO DE PERIODISTAS DE JALISCO, A.C.
"Unidos por la Comunicación"

E S T A T U T O S

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:

Un grupo de periodistas de Jalisco solicitaron y obtuvieron de la Secretaría de Relaciones Exteriores la autorización correspondiente para normar la actuación de una agrupación que ha de llamarse «Colegio de Periodistas de Jalisco, A.C.» El permiso se otorgó bajo el Folio 1019/91 Expediente 9114000959 Permiso Jal 0972 de fecha 23 de abril de 1991.
CERTIFICACIÓN NOTARIZADA
El día martes 21 mayo de 1991, ante el Notario Público Número 15, de Guadalajara, licenciado Alejandro Navarro Flores, quedó protocolizado el deseo de crear esa agrupación con el nombre de “Colegio de Periodistas de Jalisco, A.C.». Ahí quedó manifiestado que «Un grupo de periodistas se reunen para conjuntar voluntades y fundar una agrupación que luche por la superación profesional del gremio.
Que trabaje por la unidad de los periodistas del Estado de Jalisco. Que promueva la fundación de Escuelas de Periodismo ante la Universidad de Guadalajara, en sus diferentes «Campus». Que celebre y dé relevancia a la conmemoración del «Día de la Libertad de Expresión»; y que establezca relaciones fraternas con todo tipo de sociedades y asociaciones locales, nacionales e internacionales, entre otros objetivos.
El “Colegio”, como se le denominará en forma genérica, quedó constituido como Asociación Civil, La duración de la institución es por cincuenta años. No tiene fines de lucro, políticos, o religiosos; y se constituye de conformidad a lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en el Código Civil del Estado de Jalisco, capítulo II, artículos del 172 al 189 que tratan de las asociaciones, como es el caso.
Al crearse se dejó como domicilio social, en forma provisional, el Hotel “Calinda Roma», en el salón que se le puso el nombre de uno de nuestros compañeros: «Armando Morquecho Preciado». Se dejaron establecidas líneas generales de acción y se convino en que, tan pronto como se elaboraran las completas disposiciones estatutarias éstas se agregarían a la protocolización.
REVITALIZACIÓN DEL COLEGIO
Dado que en el artículo tercero de los Estatutos del Protocolo queda manifiesto que éstos «podrán ser reformados o adicionados cuando las necesidades del Colegio, el tiempo y las circunstancias, así como la mayoría de socios lo decidan».
A partir del viernes 2 de julio de 2004 la mayoría de socios fundadores ha convenido en revitalizar y actualizar los referidos Estatutos, haciéndolos más acordes con los tiempos y las circunstancias que vivimos; para tal efecto quedan de la siguiente manera:
CAPÍTULO I
CONSTITUCIÓN, DENOMINACIÓN Y OBJETIVO
Artículo 1º. El “Colegio de Periodistas de Jalisco, A.C.”, tiene como objetivo específico la superación del periodista, y como lema: “Unidos por la Comunicación”.
Como objetivos generales:
I.- Fomentar la superación profesional;
a) Buscando que al periodista que tenga cuando menos 20 años en la profesión,
y se haya destacado por su buen comportamiento, se le certifique mediante
un acreditamiento universitario;
b) Dialogar con la Dirección de Profesiones del Goberno del Estado para que la
profesión de periodista quede incluída como tal en la «Ley Para el Ejercicio
de las Profesiones en el Estado de Jalisco»;
c) Realizar conferencias mensuales sobre temática de la profesión;
d) Organizar y participr en simposios, conferencias, o diplomados;
e) Colaborar, como profesional de la pluma, en instituciones culturales, socia-
les y cívicas.
II.- Tramitar un Seguro de Vida Colectivo con base en intercambios y que lo pague íntegramente la institución “EXTRA”; o, cualquier otra institución.
III- Ser institución normativa sobre el comportamiento periodístico de quienes no cumplan con la ética profesional, o denigren nuestra noble profesión.
IV.- Trabajar para lograr oficinas para el «Colegio», en donde los miembros puedan realizar sus actividades y dispongan de un domicilio profesional.
Artículo 2º. El “Colegio” establecerá reconocimientos para los mejores comunicadores sociales, creando un “Consejo de Premiación”, mismo que será integrado por distinguidas personalidades, las cuales, cada año, el día 3 de mayo, con motivo del “Día de la Libertad de Expresión” entregarán reconocimientos en los géneros de: «Artículo de fondo», “Crónica”, “Reportaje”, “Entrevista” y “Noticia” en las áreas de Prensa Escrita, Prensa en Radio y Prensa en Televisión.

CAPITULO II
DE LOS MIEMBROS COLEGIADOS Y LOS ASOCIADOS
Artículo 3º.- De acuerdo a lo protocolizado en el Acta Constitutiva, para ser miembro del “Colegio de Periodistas de Jalisco, A.C.”, se deben de cubrir los siguientes requisitos:
I.- Ser mexicano, mayor de edad, en pleno uso de sus facultades y derechos;
II.- Manifestar su interés en formar parte del «Colegio», llenando una solicitud y
agregando un «curriculum vitae» profesional;
III.- Contar con un respaldo curricular en la profesión, mismo que deberá de ser
avalado, cuando menos, por dos miembros activos del «Colegio»;
IV.- Ajustarse a las normas estatutarias y a los acuerdos de la Asamblea General.
Artículo 4º. - Los miembros del «Colegio» se clasifican en:
I.- Socio Activo Colegiado Fundador
II.- Socio Activo Colegiado
III.- Socio Honorario
Artículo 5º. - Son socios colegiados fundadores quienes constan en el Acta Constitutiva, y que son: «Jesús Octavio Urquidez Verdugo; Jesús Pérez Loza; Francisco Cabrera Medrano; Remberto Hernández Padilla; Javier Bravo Gómez; Arsenio Coronado Velázquez; David Hernández Urdanivia; Armando Morquecho Preciado(+); Roberto Ruvalcaba Loza(+); Leopoldo de Jesús Valeriano Sánchez; José Luis Contreras Ramírez; Alejandro Ruiz Juárez; Eduardo Herrera Pérez y Francisco Guzmán Villela». Su clasificación les da derecho de dar voto de calidad cuando las condiciones así lo requieran.
Artículo 6º. - Son socios colegiados todas las personas que cubran los requisitos normados en el artículo 3.
Artículo 7º.- Se les otorga la clasificación de “Socio Honorario” a los ciudadanos que, no siendo profesionales del medio están vinculado estrechamente a nuestra profesión, y que sean reconocidos por la Asamblea General; su calidad les permite emitir opinión y acción a favor del «Colegio».

CAPITULO III
ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN
Artículo 8º. – La conjunción de voluntades de todos los miembros o, en su caso por la mayoría de los integrantes del “Colegio de Periodistas de Jalisco, A.C.”, reunidos en Asamblea General, constituyen el poder supremo de la institución.
Artículo 9º.- La Asamblea General deberá reunirse, cuando menos, cada dos meses en sesión ordinaria; y en sesión extraordinaria cuando la ocasión, o urgencia lo requieran.
a) Sobre los actos que por su naturaleza motiven su intervención;
b) Para resolver sobre la admisión y/o exclusión de alguno de sus miembros;
o, sobre la revocación de los nombramientos hechos;
c) Sobre la disolución del Colegio, si tal supuesto aconteciera.
Artículo 10.- La Asamblea General elegirá a un Comité Directivo, que ha de presidir al “Colegio” durante un máximo de tres años, tiempo en que tendrá que renovarse, iniciando el 14 de julio de 2004. Ningún miembro podrá ocupar el mismo cargo en el siguiente ejercicio.
Artículo 11.- La dirección del “Colegio” será llevada por un Comité Directivo, y estará integrado por:
Un Presidente
Un Secretario
Un Tesorero
Por miembros de la Comisión de Organización y Desarrollo;
Por miembros Coordinadores de Ärea;
Por los miembros Investigadores y de Carrera Profesional;
Y, por los miembros del Consejo de Honor y Justicia.

Artículo 12.- Son atribuciones del Presidente:
I.- Llevar la dirección y administración general del «Colegio»;
II.- Representar legalmente al Colegio ante cualquier tipo de autoridad, institu-
ción, organismo, fedatario público, o cualquier ciudadano.
III.- Proponer y llevar a cabo programas de trabajo y de acción;
IV.- Vigilar el estricto cumplimiento de los Estatutos y acuerdos generales;
V.- Buscar en todo momento el acrecentamiento de los bienes patrimoniales,
tanto del Colegio como de cada uno de sus miembros;
VI.- Rendir informe de labores en cada sesión de Asamblea General;
VII.- Convocar a la Asamblea General para las sesiones;
VIII.-Los demás que el la Asamblea General del «Colegio» le confiera.

Artículo 13.- Son atribuciones del Secretario:
I.- Suplir en las faltas temporales o definitivas al Presidente;
II.- Levantar y llevar un directorio, así como integrar la currícula profesional
de todos y cada uno de los miembros del «Colegio»;
III.- Llevar el libro de actas de las sesiones de la Asamblea General y del Comité
Directivo; así como controlar el archivo histórico y de la labor de la institu-
ción;
IV.- Recibir y despachar la correspondencia inherente al «Colegio»;
V.- Las demás que la Asamblea General y el Presidente le asignen.

Artículo 14.- Son atribuciones del Tesorero:
I.- Administrar todos los bienes patrimoniales del «Colegio»;
II.- Recaudar y administrar las cuotas de los miembros o asociados;
III.- Llevar y administrar una cuenta bancaria del Colegio, mancomunadamente
con el Presidente;
IV.- Rendir informe de su encargo en cada Asamblea General;
V.- Las demás que la Asamblea General y el Presidente le asignen.

Artículo 15.- Son atribuciones de los miembros de la Comisión de Organización y Desarrollo, los que específicamente están señalados en su representación:
a) Atender las relaciones públicas del «Colegio»;
b) Atender todos los aspectos de promoción social de nuestros compañeros;
c) Atender los eventos especiales;
d) Ser responsable de la edición de la revista «Centuria 21»;
e) Difundir todo tipo de información y artículos que puedan ser útiles a otros
colegas;
f) Crear y mantener vigente la página en Internet.

Artículo 16.- Son atribuciones de los miembros Coordinadores de Ärea:
I.- Las que específicamente tiene encomendadas en razón de su representa
ciónasí como las que le asigne el Comité Directivo;
II.- Las que le asigne el Presidente.

Artículo 17.- Son atribuciones de los integrantes de la Coordinación de Investi-
gación y Carrera Profesional:
a) Elevar el nivel profesional de la actividad periodística, por todos los medios
posibles;
b) Establecer un programa de actividades, mismo que deberá ser llevado
conjuntamente con alguna de las instituciones de enseñanza superior, a
efecto deque el periodista autodidacta, que haya ejercido cuando menos
durante 20 años y tenga reconocida solvencia profesional; y mediante un

trámite a «Título de Suficiencia”, pueda ser reconocido como un profesio
nal del periodismo;
c) Investigar documentos que estén relacionados con nuestra actividad;
d) Realizar y difundir estudios, encuestas y sondeos de opinión pública;
e) Elaborar estudios y propuestas de solución para los problemas relacionados
con el periodismo;
f) Promover y establecer relaciones con los medios de comunicación que
existen en el Estado, del país y del mundo, para fines de intercambio;
g) Mantener y fortalecer los vínculos de cooperacion con otras asociaciones y
organismos similares al nuestro;
h) Coordinarse con el responsable de la pagina «Internet» del «Colegio», para
difundir los comunicados que se valoren convenientes;
i) Analizar y proponer programas que obliguen a todos a que se dé fiel cumpli-
miento a la «Ley de Transparencia a la Información», y a la particular del
Estado de Jalisco.

Artículo 18.- Son atribuciones de los integrantes del “Consejo de Premiación”:
a) Establecer y definir cómo se ha de entregar el «Premio Estatal de Periodis-
mo» que el «Colegio de Periodistas de Jalisco, A.C.» deberá entregar anual
mente el día 3 de mayo con motivo del «Día Internacional de la Libertad
de Prensa».
b) Analizar los periódicos del Estado de Jalisco, para que valoren las noticias,
los reportajes, las entrevistas, lo artículos de opinión, así como las fotogra-
fías, a efecto de que, en reunión privada, seleccionen los materiales que
consideren con el merecimiento de recibir premiación;
c) Analizar los noticieros y programas radiofónicos y televisivos que merezcan
recibir reconocimiento;
d) Determinar quién, o quiénes, se han hecho merecedores al reconocimiento
por su acción y / o trayectoria periodística.
e) En la primera semana del mes de abril informarán al Consejo Directivo de las
decisiones que hayan tomado, a efecto de que exista tiempo suficiente para
que se hagan los preparativos necesarios para la premiación.

Artículo 19.- Son atribuciones de la Consejo de Honor y Justicia:
a) Asesorar en forma especial al Presidente, y a los miembros del Comité
Directivo;
b) Vigilar que todos los miembros del «Colegio» cumplan con los Estatutos y
con los acuerdos que haya tenido el Comité Directivo;
c) Ser institución normativa sobre el comportamiento periodístico de quienes
no cumplan con la ética profesional, o denigren nuestra noble profesión.
d) La Asamblea podrá constituirse en Comisión de Honor y Justicia, cuando la
mayoría de ella esté de acuerdo.

CAPÍTULO IV
DE LAS CUOTAS, APORTACIONES Y PATRIMONIO
Artículo 20.- Los miembros otorgarán al “Colegio de Periodistas, de Jalisco, A.C.”, a través del Tesorero, una cuota o aportación voluntaria, cuando menos cada dos meses. Los miembros recibirán una constancia de la cuota que hayan aportado.
Artículo 21.- El patrimonio del «Colegio» se integrará:
I.- Por las cuotas o aportaciones de sus miembros;
II.- Por las donaciones que hagan las diferentes instituciones;
III.- Por la cuenta bancaria que llegue a tener el Colegio.
Artículo 22.- El dinero, o los bienes en especie, que se hayan recibido para beneficio del “Colegio” serán administrados de acuerdo a lo que determine el Comité Directivo.
Artículo 23.- El Patrimonio del «Colegio» es distinto e independiente de los patrimonios individuales de los miembros, por lo tanto no existe ni existirá copropiedad entre los miembros respecto al patrimonio de la institución, ya que éste ejerce un derecho autónomo directo e inmediato sobre el mismo.
Artículo 24.- El «Colegio» puede ser acreedor o deudor de sus miembros y, a la vez, éstos pueden ser acreedores o deudores de la institución.


CAPITULO V
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 25.- El “Colegio de Periodistas de Jalisco, A.C.” se ha constituido como una institución con personalidad jurídica y patrimonio propios, en la que sus relaciones son diferentes e independientes a las relaciones jurídicas individuales de sus miembros;
Artículo 26.- El “Colegio” proclama la unidad entre el gremio; el respeto y trabajo como normas fundamentales, para el logro y justificación de su existencia.
Artículo 27.- Se entiende que los textos presentes cubren todos los reqerimientos profesionales, amplían y modernizan a los que se anexaron al protocolo. Sin embargo, esos Estatutos subsistirán en cuanto no haya un asunto que los contradiga.
Artículo 28.- En los estatutos del protocolo, en el artículo 2º se habla de que los socios directivos «podrán ser reelectos»; en los textos presentes se refiere que: «Ningún miembro podrá ocupar el mismo cargo en el siguiente ejercicio». En el Capítulo II, artículo 1 autoriza el nombramiento de vicepresidentes; en el texto presente esa figura desaparece.
Artículo 29.- Para satisfacer los requerimientos expuestos en los presentes Estatutos; y en todos los casos no previstos que pudieran presentarse, será el Comité Directivo el que de solución a la disquisición.
Artículo 30.- El «Colegio» puede extinguirse en cualquier tiempo por las siguientes causas:
1.- Por acuerdo y consentimiento de la Asamblea General;
II.- Por haberse vuelto incapaz para conseguir el fin por el que fue creado.
Artículo 31.- En caso de extinción y disolución del “Colegio” los bienes y haberes de la misma serán entregados al Instituto Jalisciense de Asistencia Social (IJAS).
ARTÍCULO TRANSITORIO

En Asamblea Extraordinaria realizada el viernes 2 de julio, la mayoría de socios fundadores aprobaron y estamparon su firma para que en la nueva etapa de reestructuración, el Comité Directivo“Colegio de Periodistas, de Jalisco, A.C.”
quede integrado de la siguiente manera:

Presidente: PROFR. REMBERTO HERNÁNDEZ PADILLA
Secretario: LIC. JOSÉ DE JESÚS VÁZQUEZ HERNÁNDEZ
Tesorero: LIC. RICARDO ALCALÁ NAVA

ORGANIZACIÓN Y DESARROLLO
OTHÓN VILLELA LARRALDE - Relaciones Públicas
HÉCTOR RIOJAS RENTERÍA (LCC).- Promoción Social
ARSENIO CORONADO VELÁZQUEZ - Eventos Especiales
JAVIER BRAVO GÓMEZ. Comunicación Social / Difusión
LEOPOLDO VALERIANO SÁNCHEZ (Lic.) - Asesor Jurídico
ENRIQUE BERUMEN A (Lic.) - Asesor fiscal

COORDINADORES DE ÁREA
CARLOS ANTONIO VILLA GUZMÁN (Lic.) - Con los reporteros de Radio y TV
RODOLFO CHÁVEZ CALDERÓN - Con los reporteros de medios impresos
SALVADOR ALCALÁ NAVA - Con los reporteros gráficos.
JOSÉ DÍAZ BETANCOURT - Con los reporteros de «La Fuente» gubernamental
LUIS ARTURO SERRANO RUIZ - Con los medios diarios impresos
FRANCISCO CABRERA MEDRANO - Con los medios no diarios impresos
OLIVIA GUEVARA BAYARDO - Con las Cámaras y Asociaciones
ARMANDO AREVALO SÁNCHEZ - Con los municipios
JOSÉ LUIS CONTRERAS. - Con agrupaciones fraternales en la ciudad


INVESTIGACIÓN Y CARRERA PROFESIONAL
LIC. ARTURO NORIEGA ALCARAZ (Coordinador)
LIC. GENARO MUÑIZ PADILLA.
ING. OCTAVIO URQUIDEZ VERDUGO
LIC. CONRADO TRAPERO RIVAS
LIC. MARCOS ARANA CERVANTES
LIC. ALEJANDRO RUIZ JUÁREZ
JOEL HUACUJA BETANCOURT

CONSEJO DE HONOR Y JUSTICIA
DAVID HERNÁNDEZ URDANIVIA. Presidente del «Club de Periodistas de
México, Delegación - Jalisco»
J. JESÚS PÉREZ LOZA (Lic.) Presidente del «Club de Periodistas de Jalisco» , y
Corresponsal de «Primera Plana»
JAVIER GODOY GONZÁLEZ. Presidente de «Prensa Unida de Guadalajara».

CONSEJO DE PREMIACIÓN

LIC. EDUARDO HERRERA PÉREZ (Lic.) Coordinador
* JUAN ARTURO COVARRUBIAS (Lic)- Presidente de “EXTRA”
* JOSÉ PÉREZ RAMÍREZ (C.P.) - Grupo Promomedios
CARLOS CORTËS VAZQUEZ - Provincia en Marcha
JOSÉ MANUEL JURADO PARRES (Mtro.) - Com. Social UdeG
JUAN JOSÉ GONZALEZ (Lic.)- Com. Social. Seguro Social
HUMBERTO ATILANO (Lic.) - Com. Social. CFE
CARLOS CHÁVEZ GRADILLA - Periodista
ABEL BUSTOS LÓPEZ - Caricaturista


El Comité Directivo del «Colegio de Periodistas de Jalisco, A.C.» propone al Consejo de Premiación que, en los reconocimientos que determine, y que se han de entregar cada año, el 3 de mayo, con motivo del «Día de la Libertad de Expresión», tome en cuenta los siguientes:

Premio “Jesús Álvarez del Castillo” para «Trayectoria Periodística».
Premio «Mario Vázquez Raña» para «Impulsor del Periodismo».
Premio “Gonzálo Leaño Reyes” para «Difusor de Información».
Premio «Francisco González Sánchez» para «Artículo de Fondo».
Premio «José García Valseca» para «Inovación del Periodismo».
Premio “Guillermo González Camarena” para «Periodismo Televisivo».
Premio “Alejandro Dïaz Guerra” para «Periodismo Radiofónico».
Premio “Santiago Méndez Bravo” para «Periodismo Universitario»
Premio “Armando Morquecho Preciado” para «Noticia Escrita».
Premio “Carlos Pizano y Saucedo” para «Crónica».
Premio «José Luis García Montoya» para «Entrevista».
Premio «Pedro Vázquez Cisneros» para «Análisis Político».
Premio «Francisco Ayón Zester» para «Reportaje Escrito».
Premio “Rodolfo Rosales (RUDY)” para «Periodismo Gráfico».
Premio “Guillermo Ley” para «Caricatura».
Premio “Abizaid de la Mina” para «Periodismo en Prensa No Diaria».
Premio «Roberto Ruvalcaba Loza» para «Difusor de Prensa No Diaria».
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El anterior contenido es el proyecto de ESTATUTOS que para el «Colegio de
Periodistas de Jalisco, A.C.», en su etapa de revitalización, propone el profesor REMBERTO HERNÁNDEZ PADILLA. (Tel. casa 38-34-30-25) e-mail rembertohernandez@hotmail.com
Guadalajara Jalisco, miércoles 14 de julio de 2004.
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